Crowdfunding: Inversión participativa directa
La financiación colectiva funciona
y esta demostrado que a través de dicha financiación se pueden emprender proyectos inmobiliarios con altas rentabilidades, democratizando así este tipo de inversiones facilitando la entrada a pequeños y medianos inversores.
El crowdfunding inmobiliario
consiste en buscar inversores (crowd = colectivo) que co-financien proyectos inmobiliarios (funding) como socios o partícipes. No hacen un préstamo si no una aportación como socios o partícipes y por tanto, tienen la posibilidad de obtener altos rendimientos pero también de perder la totalidad de la inversión.
Hacemos crowdfunding inmobiliario directo, publicando únicamente proyectos propios
que gestionamos directamente y en los que estamos al frente como primer inversor.
Seleccionamos y proponemos a los inversores una serie de activos que proceden de carteras propias, de clientes y de entidades financieras de primer nivel, sobre los que previamente se ha realizado un estudio económico pormenorizado de los mismos.
PROCESO
A través de un estudio del mercado inmobiliario previo, seleccionamos los activos más interesantes y con más garantías para los inversores.
Después, los analiza desde un punto de vista económico y se proponen a los inversores.
Reunido el grupo inversor, se formaliza la compra con la financiación obtenida por todos los inversores/participes del proyecto, se ejecuta el proyecto (de obra nueva o reforma).
Simultáneamente iniciamos el proceso de comercialización, venta y/o alquiler de la/s propiedad/es.
Se obtienen los beneficios conforme a un reparto según la participación de cada inversor y se disuelve la sociedad creada para dar inicio a otras inversiones en otros nuevos proyectos.
GARANTIAS:
Es un proceso sencillo, claro y transparente, con todas garantías y seguridad jurídica: contratos con total validez jurídica mediante firma electrónica avanzada, contratos registrados en la delegación de Hacienda y documentación oficial que demuestra la titularidad real de los bienes.
Instrumentamos las operaciones a través de distintos vehículos de inversión, mediante sociedades S.L. especificas (SPV) y contratos de Inversión mediante cuentas en participación: En él que se detalla las condiciones de la inversión.
Las cuentas en participación, son una fórmula asociativa, prevista en los artículos 239 ss. del Código de Comercio que no requieren si necesidad crear una sociedad, entre empresarios individuales o sociales que hace posible el concurso de uno de ellos (el Partícipe) en el negocio del otro (Gestor), contribuyendo con la parte del capital que convengan, y haciéndose partícipes de sus resultados prósperos o adversos en la proporción que determinen.
La CNMV y la Ley 5/2015 regulan la financiación participativa e indican que las empresas de crowdfunding directo, aquellas que ofrecen únicamente proyectos propios, no deben registrarse como Plataforma de Financiación Participativa (PFP) para realizar su actividad directamente ni los inversores que participen en ellas están sujetos a limitaciones en lo que a inversión se refiere